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PUBLICAN EN CUBA 124 ACTIVIDADES QUE NO SON AUTORIZADAS PARA EL EJERCICIO DEL TRABAJO PRIVADO.

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PUBLICAN EN CUBA 124 ACTIVIDADES QUE NO SON AUTORIZADAS PARA EL EJERCICIO DEL TRABAJO PRIVADO.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (MTSS) publicó el miércoles 10 de febrero,  124 actividades de las 2, 110 reflejadas en el Clasificador Naciones de Actividades Económicas, para las cuales no se permitirá realizar el ejercicio del trabajo por cuenta propia.

La lista no incluye actividades consideradas ilícitas para todos los actores económicos o prohibidos expresamente por ley como (la caza y pesca de especies prohibidas y en peligro de extinción, explotación de plantas endémicas, empleo infantil y trabajo forzado, entre otras).

I.  Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

Esta sección comprende la explotación de recursos naturales vegetales y animales; es decir, las actividades de cultivo, la cría y reproducción de animales, la explotación maderera y la recolección de otras plantas, de animales o de productos animales en explotaciones agropecuarias o en su hábitat natural.

1. Cultivo de plantas narcóticas.

2. Control de plagas.

3. Caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales.

Nota: Los agricultores pequeños asociados o no a cooperativas, los usufructuarios de tierra y propietarios de patios y parcelas, a los efectos de la agricultura y la ganadería, en materia de producción y comercialización, se rigen por lo dispuesto por el Ministerio de la Agricultura y no como trabajo por cuenta propia.

II. Explotación de minas y canteras.

Esta sección abarca la extracción de minerales que se encuentran en la naturaleza en estado sólido (carbón y minerales), líquido (petróleo) o gaseoso (gas natural). También se incluyen actividades complementarias dirigidas a preparar los materiales en bruto para su comercialización, por ejemplo, trituración, desmenuzamiento, limpieza, secado, selección y concentración de minerales, licuefacción de gas natural y aglomeración de combustibles sólidos.

4. Extracción de carbón de piedra y lignito.

5. Extracción de petróleo crudo y gas natural.

6. Extracción de minerales metalíferos.

7. Explotación de otras minas y canteras, excepto extracción de piedra arena y arcilla.

8.  Actividades de servicios de apoyo para la explotación de minas y canteras.

III.  Sección C: Industria manufacturera.

Esta sección abarca la transformación física o química de materiales, sustancias o componentes en productos nuevos.

9.   Elaboración de azúcar.

10. Elaboración de productos de tabaco, excepto para actividades de artesanía.

11.  Impresión de periódicos, revistas, tabloides, libros, mapas, atlas, sellos de correos, timbres fiscales, documentos de títulos, cheques y otros documentos de garantía, incluye cuños, gomígrafos y papel moneda y cualquier otro impreso que atente contra lo dispuesto en la Constitución de la República de Cuba y en la legislación vigente.

12. Fabricación de coque y productos de la refinación del petróleo.

13. Fabricación de sustancias químicas básicas de abonos y compuestos de nitrógeno y de plásticos y caucho sintético en formas primarias.

14.  Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario.

15.  Fabricación de pólvoras propulsoras, productos pirotécnicos, incluidas cápsulas fulminantes, detonadores, bengalas de señales, fósforos y otros explosivos. (2029)

16.  Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico, incluida la elaboración de formulaciones con alegaciones terapéuticas a partir de plantas medicinales, incluyendo la mezcla de estas en ninguna de sus formas.

17. Fabricación de metales comunes, excepto la fundición de metales.

18. Fabricación de armas y municiones.

19. Fabricación de insignias militares.

20. Fabricación de pilas, baterías y acumuladores.

21. Fabricación de vehículos automotores.

22. Construcción de buques y otras embarcaciones.

23. Fabricación de locomotoras y material rodante.

24. Fabricación de aeronaves y naves especiales y maquinaria conexa.

25. Fabricación de vehículos militares.

26.  Fabricación de motocicletas, excepto partes y piezas, vehículos de propulsión manual (carretillas, carritos para equipaje, para supermercado, etc.) y de tracción animal.

27. Fabricación de uniformes militares.

28. Reparación y mantenimiento de armas de fuego y municiones.

IV.   Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado.

Esta sección abarca el suministro de energía eléctrica, gas natural, agua caliente y productos similares a través de una infraestructura permanente (red) de conducciones. Se incluye también la distribución de electricidad, gas, vapor, agua caliente y productos similares en polígonos industriales o edificios residenciales.

29. Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.

30. Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías, excepto el biogás.

31. Suministro de vapor y de aire acondicionado.

V.  Suministro de agua; evacuación de aguas residuales, gestión de desechos y descontaminación.

Esta sección comprende las actividades relacionadas con la gestión (incluidos la recogida, el tratamiento y la eliminación) de diversos tipos de desechos, como desechos industriales o domésticos sólidos o no sólidos, así como de lugares contaminados. Se incluyen también las actividades de suministro de agua.

32.  Distribución de agua mediante redes de distribución, en comunidades de más de mil habitantes

33.  Recogida de desechos peligrosos.

34. Tratamiento y eliminación de desechos peligrosos.

35. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desechos.

VI.  Construcción.

Esta sección comprende las actividades corrientes y especializadas de construcción y obras de ingeniería civil, previa contratación, según el proyecto de trabajo que pretenda realizar, con las entidades estatales correspondientes.

VII.  Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas.

Esta sección comprende la venta al por mayor y al por menor (sin transformación) de todo tipo de productos y la prestación de servicios accesorios a la venta de esos productos.

La venta al por mayor consiste en la reventa (venta sin transformación) de productos nuevos y usados a minoristas, a usuarios industriales, comerciales, institucionales o profesionales y a otros mayoristas, o la actuación como agente o intermediario en la compra o la venta de mercancías para esas personas o compañías.

36. Venta de vehículos automotores.

37.  Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores.

38. Comercio al por mayor, excepto la venta mayorista de productos agropecuarios.

39. Venta al por menor de productos de tabaco en comercios especializados.

40. Venta al por menor de combustibles para vehículos automotores en comercios especializados.

41. Venta al por menor de equipo de información y de comunicaciones en comercios especializados.

42.  Venta al por menor de productos farmacéuticos y medicinales.

43.  Actividades de galerías de arte comerciales.

44.  Venta al por menor de sellos y monedas.

45.  Venta de armas y municiones.

46.  Otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados para productos prohibidos.

VIII. Transporte y almacenamiento.

Esta sección comprende las actividades de transporte de pasajeros o de carga, regular o no regular, por ferrocarril, por carretera, por vía acuática y por vía aérea, y de transporte de carga por tuberías, así como actividades conexas como servicios de terminal y de estacionamiento, de manipulación y almacenamiento de la carga. Abarca también el alquiler de equipo de transporte con conductor u operador; las actividades postales y de mensajería.

47. Transporte por tuberías, incluye la explotación de gasolineras.

48. Transporte marítimo en aguas internacionales, de cabotaje y para actividades turísticas.

49. Transporte por vía aérea.

50. Almacenamiento y depósito.

51. Actividades de servicios vinculadas al transporte terrestre, excepto la explotación de aparcamientos o garajes, aparcamientos para bicicletas.

52. Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático.

53. Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo.

54.  Otras actividades de apoyo al transporte.

IX. Actividades de alojamiento y de servicios de comida.

Esta sección abarca las actividades de unidades que ofrecen a sus clientes servicios de alojamiento para estancias cortas y de preparación de comidas completas y bebidas para su consumo inmediato.

55. Actividades de campismo, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas.

X. Información y comunicaciones.

Esta sección abarca la producción y distribución de información y de productos culturales y el suministro de los medios para transmitir o distribuir esos productos, así como datos o comunicaciones, actividades de tecnologías de la información y actividades de procesamiento de datos y otras actividades de servicios de información.

56. Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte.

57. Producción audiovisual y cinematográfica, actividades de grabación de sonido y edición de música, excepto la operación y/o arrendamiento de equipamiento para la producción artística, Agente de selección de elenco (casting), Auxiliar de producción artística.

58. Actividades de exhibición de películas cinematográficas y cintas de vídeo.

59. Transmisiones de radio.

60. Programación y transmisiones de televisión, y actividades de programación cultural de la música, las artes escénicas, el libro, las artes plásticas, el cine, el patrimonio cultural y el trabajo comunitario.

61. Actividades de telecomunicaciones alámbricas.

62. Actividades de telecomunicaciones inalámbricas, incluye el servicio de móvil troncalizado.

63. Actividades de telecomunicaciones por satélite.

64. Otras actividades de telecomunicaciones, exceptuando la venta de productos y servicios que le son proveídos por ETECSA y el Grupo Empresarial Correos de Cuba (agentes de telecomunicaciones y agente postal).

65. Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas.

66. Actividades de agencias de noticias.

XI. Actividades financieras y de seguros.

Esta sección comprende las actividades de servicios financieros, incluidas las actividades de seguros, reaseguros y fondos de pensiones y las actividades auxiliares de los servicios financieros. También se incluyen las actividades de tenencia de activos, como las actividades de las sociedades de cartera y las de los fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares.

67. Intermediación monetaria

68. Actividades de sociedades en cartera

69. Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares

70. Arrendamiento financiero

71. Seguros de vida y seguros generales.

72. Reaseguros.

73. Fondos de pensiones.

74. Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros.

75. Actividades auxiliares de las actividades de seguros y fondos de pensiones, excepto los agentes de seguros

76. Actividades de gestión de fondos

XII. Actividades inmobiliarias.

Esta sección comprende las actividades de arrendadores, agentes y/o corredores de bienes raíces y prestación de otros servicios inmobiliarios, como los de tasación inmobiliaria o los de depositarios de plicas inmobiliarias. También se incluye la construcción de estructuras combinada con el mantenimiento de la propiedad o el arrendamiento de esas estructuras.

77. Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, excepto para el arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios.

78. Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata, excepto la intermediación en la compra, la venta y el alquiler de bienes inmuebles a cambio de una retribución o por contrata.

XIII.  Actividades profesionales, científicas y técnicas.

Esta sección abarca las actividades profesionales, científicas y técnicas especializadas. Esas actividades requieren un nivel elevado de capacitación, y ponen a disposición de los usuarios conocimientos y aptitudes especializados.

79.  Actividades jurídicas y de contabilidad, excepto la teneduría de libros.

80. Actividades de oficinas principales.

81. Actividades de arquitectura e ingeniería.

82. Investigación científica y desarrollo.

83. Otras actividades profesionales científicas y técnicas, con excepción de los traductores de documentos y traductores e intérprete certificado, actividades de diseño y fotografía.

84. Actividades veterinarias; excepto para atender a los animales afectivos.

XIV. Actividades de servicios administrativos y de apoyo.

Esta sección abarca diversas actividades de apoyo a actividades empresariales generales. Esas actividades difieren de las profesionales, científicas y técnicas, en que su finalidad principal no es la transferencia de conocimientos especializados.

85.  Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo, excepto el alquiler de bicicletas.

86.   Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares.

87.  Actividades de empleo.

88.  Actividades de agencias de viajes y operadores turísticos.

89.  Servicios de reserva y actividades conexas.

90.  Actividades de seguridad.

91. Actividades de servicios de sistemas de seguridad, excepto la instalación, reparación, reconstrucción y ajuste de dispositivos mecánicos o electrónicos de cierre, cajas de caudales y cajas fuertes.

92.  Actividades de investigación.

93.  Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas.

XV. Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria.

Esta sección comprende las actividades que suelen correr a cargo de la administración pública, entre las que se encuentran la promulgación de leyes, su interpretación judicial y la administración de los reglamentos de aplicación y programas correspondientes, las actividades legislativas, tributarias, de defensa nacional y de orden público y seguridad, los servicios de inmigración, las relaciones exteriores y la administración de programas gubernamentales. Se incluyen también las actividades relacionadas con planes de seguridad social de afiliación obligatoria.

94.  Actividades de la administración pública.

95.  Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos, culturales y otros servicios sociales.

96.  Regulación y facilitación de la actividad económica.

97.  Administración de actividades relacionadas con los censos de población y viviendas.

98.  Relaciones exteriores

99.  Actividades de defensa, incluida la Ciberseguridad.

100. Actividades de mantenimiento del orden público y de seguridad.

101.  Actividades de planes de seguridad social de afiliación obligatoria.

XVI. Enseñanza

Esta sección comprende la enseñanza de cualquier nivel y para cualquier profesión, oral o escrita, televisión o por otros medios de comunicación. Abarca la enseñanza impartida por las distintas instituciones del sistema educativo general en sus distintos niveles, la enseñanza para adultos, etcétera. Se incluyen también las escuelas y academias militares, las escuelas de prisiones, etcétera, en sus niveles respectivos.

102.  Enseñanza, excepto para la atención educativa y el cuidado de niños, los profesores de música y otras artes; profesores de taquigrafía, mecanografía o idioma, instructores de automovilismo, para la práctica de ejercicios físicos, clases de gimnasia aerobia y repasadores.

XVII: Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.

Esta sección comprende la prestación de servicios de atención de la salud y de asistencia social. Abarca una amplia gama de actividades, desde servicios de atención de la salud prestados por profesionales de la salud en hospitales y otras instalaciones hasta actividades de asistencia social sin participación de profesionales de la salud, pasando por actividades de atención en instituciones con un componente importante de atención de la salud.

103. Actividades de hospitales

104. Actividades de médicos y odontólogos

105. Otras actividades de atención de la salud humana.

106. Actividades de atención de enfermería en instituciones.

107. Actividades de atención en instituciones para personas con retraso mental, enfermos mentales y toxicómanos.

108. Otras actividades de atención en instituciones.

109. Actividades de asistencia social, excepto para el cuidado de enfermos, personas con discapacidad y ancianos.

XVIII.  Sección R: Actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas.

Esta sección comprende una amplia gama de actividades que atienden a variados intereses culturales, recreativos y de entretenimiento del público en general, incluidos espectáculos en vivo, actividades de museos y lugares históricos, juegos de azar, actividades deportivas y recreativas.

110.  Actividades de periodistas.

111.  Gestión de salas de conciertos, de video, galerías de arte, librerías, excepto la venta de libros de usos, casas de cultura, teatros y otras instalaciones similares.

112.  Actividades de bibliotecas físicas o digitales, archivos y centros de información o documentación.

113.  Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.

114.  Actividades de zoológicos y reservas naturales.

115.  Actividades de juegos al azar y apuestas.

116.  Gestión de instalaciones deportivas, excepto los gimnasios de musculación y el arrendamiento de piscinas.

117.  Actividades de clubes deportivos, tales como fútbol, bolos, natación, golf, boxeo, culturismo, ajedrez, atletismo, tiro, etcétera.

118.  Otras actividades deportivas, incluye el buceo.

119.  Otras actividades de esparcimiento y recreativas, excepto la gestión de bares, discotecas, pistas de baile y la organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas.

XIX.    Otras actividades de servicios.

Esta sección comprende las actividades de asociaciones, la reparación de ordenadores y de efectos personales y enseres domésticos y diversas actividades de servicios personales no clasificadas en otra parte.

120.   Actividades de asociaciones empresariales profesionales.

121.   Actividades de sindicatos

122.   Actividades de otras asociaciones

123.   Pompas fúnebres y actividades conexas.

XX.   Actividades de los hogares como empleadores; actividades no diferenciadas de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.

Esta sección comprende la caza y la recolección, la agricultura, la construcción de viviendas, la confección de prendas de vestir, la cocina, la enseñanza, el cuidado de los miembros de la familia y otros servicios producidos por los hogares para su propia subsistencia.

XXI.  Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales.

Esta sección comprende actividades de organizaciones internacionales, como las Naciones Unidas y los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, órganos regionales. Incluye además las actividades de misiones diplomáticas y consulares.

124.  Actividades de organizaciones internacionales y de misiones diplomáticas y consulares.

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