¿ SE APROBARAN LAS PYMES EN CUBA ?

Por la importancia que tienen las PYMES a nivel mundial, consideramos oportuno reproducir un grupo de recomendaciones que recientemente se han presentado públicamente a través de Facebook, para su valoración por el gobierno cubano.

Son 20 las recomendaciones que se hacen “para destrabar todo lo que entorpece el desempeño del sector privado en Cuba”.

1.- Crear de una comisión integrada por el gobierno, académicos y trabajadores por cuenta propia para revisar las regulaciones vigentes publicadas en la Gaceta Oficial Nº 85 Ordinaria del 6 de noviembre de 2019. Identificar los problemas que lastran el aporte del sector a la economía nacional y elaborar una propuesta de medidas que los solucionen.

2.- Proceder a elaborar, con la participación de cuentapropistas, cooperativistas, empresarios estatales, académicos, juristas y funcionarios, las normas jurídicas que reconocerán las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y les definirán deberes y derechos en la economía nacional.

3.- Retomar la constitución de Cooperativas No Agropecuarias (CNA), en especial, en actividades que puedan ser propuestas por los ciudadanos y no solamente en las que son de interés de las autoridades. Someter a revisión las normas aprobadas para perfeccionar el sistema de gestión de las CNA publicadas en la Gaceta Oficial Ordinaria Nº 63 del 2019.

4.- Eliminar el listado de actividades autorizadas para ejercer el trabajo por cuenta propia y establecer un listado de actividades prohibidas.

5.- Autorizar la prestación de servicios profesionales de forma individual como cuentapropistas y agrupados en CNA o PYMES en actividades como arquitectura, diseño de interiores, diseño gráfico, contabilidad, abogacía, consultorías, comunicación, publicidad, economía, desarrollador de software, marketing, producción audiovisual, entre otras.

6.- Fomentar y apoyar especialmente los emprendimientos asociados al turismo internacional, la agricultura, el desarrollo de software y otras actividades que puedan tener un impacto en las exportaciones o la sustitución de importaciones.

7.- Reconocer a los TCP y a las PYMES como sujetos de la ley vigente para la inversión extranjera. Autorizar la participación legal, segura y ordenada de capital foráneo y de los cubanos residentes en el extranjero en los negocios privados.

8.- Crear mecanismos de abastecimiento mayorista los cuales pueden ser gestionados por empresas estatales, por empresas extranjeras o por entidades mixtas.

9.- Facilitar los créditos bancarios mediante los bancos comerciales estatales y también dando acceso a plataformas de microcréditos de instituciones y empresas extranjeras.

10.- Ofertar la contratación de servicios de telecomunicación (telefonía fija, móvil e Internet) especialmente diseñados para cuentapropistas y las PYMES que ofrezcan precios ventajosos y un paquete de servicios a la medida de sus necesidades.

11.- Facultar a los TCP para importar con carácter comercial, ya sea directamente o a través de empresas estatales autorizadas para tales efectos, materias primas, servicios, tecnología y equipamientos.

12.- Facultar a los TCP que estén interesados o dispongan de las condiciones adecuadas para exportar sus productos y servicios, ya sea de manera directa o a través de empresas estatales autorizadas para tales efectos.

13.- Modificar la política fiscal que se le aplica al TCP de manera tal que sea más flexible y ajustada a la realidad y particularidades de los tipos de negocios existentes. Entre otras cuestiones, se deberá permitir la deducción del 100% de los gastos obtenidos, gravar las utilidades en lugar del ingreso total y cambiar establecer una escala progresiva más justa y razonable para la determinación de los impuestos a pagar.

14.- Eliminar el impuesto sobre uso de la fuerza de trabajo de manera tal que este impuesto no constituya un desestimulo a la formalización de los empleos en el sector y al pago disciplinado de los impuestos.

15.- Crear una institución estatal que centralice los recursos y esfuerzos gubernamentales para fomentar, regular y apoyar el crecimiento e incorporación ordenada del sector privado a la economía nacional.

16.- Autorizar la constitución de una asociación de empresarios privados y cuentapropistas que les permita canalizar sus intereses y dialogar con el gobierno de forma ordenada y ser tenidos en cuenta en los procesos de toma de decisiones en lo que a ellos respecta.

17.- Permitir que los TCP y las PYMES por crear se afilien a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, de manera tal que tengan acceso a los beneficios que ello implica y puedan participar en las ferias, eventos, misiones comerciales y delegaciones que ella organiza.

18.- Establecer mecanismos de licitación transparentes, auditables y confiables en los que los TCP y las PYMES puedan concursar para prestar sus servicios a entidades e instituciones públicas. Transparentar y licitar de manera pública la entrega de locales estatales a TCP y CNA para el desarrollo de sus actividades.

19.- Eliminar el papel intermediario que juegan algunas instituciones estatales en el caso de artistas, creadores, diseñadores y comunicadores. No constituir nuevas entidades de este tipo para otras actividades que en el futuro de vayan aprobando. A todos, una vez autorizados para realizar sus actividades de manera legal, se les permitirá contratar sus servicios directamente, y sin mediación de terceros, con empresas estatales, extranjeras y con personas naturales, hechos por los que solamente deberán pagar los impuestos correspondientes.

20.- Crear un mecanismo para denunciar a los funcionarios corruptos que interpretan y aplican las regulaciones vigentes para el ejercicio del TCP, con el objetivo de obtener sobornos o coimas.

Les dejo el link sobre esta propuesta pública: https://oncubanews.com/cuba/20-recomendaciones-para-destrabar-al-sector-privado-en-cuba/

Aprovecho para recordar lo que el pasado año 2019 comenté en uno de mis artículos, justo a propósito del tema de las Pymes en Cuba. Le denominé:

Sería muy difícil normar algo parecido en Cuba?

LAS MIPYME EN MEXICO.

En 72 horas se puede obtener una licencia de funcionamiento para las MIPYME, en México.

En México las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) tienen un papel fundamental en el crecimiento y desarrollo de la economía, puesto que representan un alto porcentaje de las empresas mexicanas en el sector formal, las cuales en su mayoría tienen un considerable número de trabajadores, repercutiendo favorablemente en la producción de empleos y en la economía de las familias mexicanas.

El Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), es un programa permanente de la administración pública, cuyo objetivo es el establecimiento e inicio de operaciones de nuevos negocios considerados de bajo riesgo, así como facilitar su realización y promover su resolución ágil y expedita.

Tiene como objeto establecer un sistema de apertura rápida de empresas en diferentes giros de comercio y servicios, agrupados de conformidad con la Clasificación Mexicana de Actividades Productivas de 1999, que realiza el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, los cuales son consideradas de bajo riesgo público, susceptibles de ser desarrolladas principalmente por micro, pequeñas y medianas empresas.

A través del mencionado SARE, con apoyo de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria- COFEMER- de la Secretaria de Economía, se han establecido políticas de operación y procedimientos específicos que orientan de manera eficaz el funcionamiento del Módulo SARE por Municipios, permitiendo de esta manera que las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) de bajo riesgo, puedan recibir su licencia de apertura de empresas en un tiempo máximo de 72 horas, realizando todos los trámites en un mismo lugar de forma ágil, transparente y honesta y con un máximo de dos visitas al módulo.

Tal como se describe en el alcance del sistema de operación del SARE, el proceso inicia con la solicitud entregada por el ciudadano al funcionario del Módulo SARE, y finaliza con el otorgamiento de la correspondiente licencia para la apertura de empresas (en su caso).

Los requisitos para apertura de empresa de Bajo Riesgo, son:

  • Formato Único de Apertura (FUA) debidamente llenado.
    2) Copia de documento que acredite legítimamente la propiedad o posesión del inmueble.
    3) Copia de Identificación oficial del solicitante (personas físicas).
    En caso de tratarse de una persona moral, además de los requisitos anteriormente mencionados:
    6) Copia de alta ante Hacienda o bien Forma R1.
    7) Copia del Acta Constitutiva u otro documento que acredite la legal constitución de la empresa.
    8) Copia de la identificación oficial del representante legal.

Desde hace diez años el número de empresas y empleos generados que se han desarrollado por medio del programa SARE, han crecido en más de un 51% promedio por año.

El catálogo de giros considerados en el sistema como de bajo riesgo incluye comercios y prestadores de servicios, como tiendas de abarrotes, venta de alimentos preparados y ropa, agencias de viajes, boutiques, consultorios, despachos y bufetes de profesionistas, loncherías, salones de belleza, cafés internet, fruterías, tiendas de artesanías y cocinas económicas, entre otros (las opciones abarcan 685 actividades económicas).

En un máximo de 72 horas, el personal a cargo del Módulo SARE determina la viabilidad del trámite con base al Manual de Procedimientos del SARE; de cumplir con los requisitos que se solicitan en el formato entregado, la empresa obtiene la licencia sanitaria, la licencia de uso de suelo/giro comercial, la licencia de funcionamiento y la anuencia de Protección Civil.

Las empresas inician operaciones una vez concluido éste único trámite, al llenar un solo formato y obteniendo una respuesta en el módulo SARE en 48 horas, lo cual es parte de los beneficios que se otorgan a los inversionistas locales, nacionales y extranjeros.

Nota: Es recomendable actualizar este contenido, sobre todo en relación con las opciones para las actividades de bajo riesgo que se relacionan.

Carlos Grillo

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Carlos Grillo

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