El acuerdo transaccional: propuesta para su utilización entre las personas jurídicas que realizan actividades de comercio exterior en Cuba
Aunque los romanos no crearon un sistema o doctrina general del ordenamiento jurídico privado en relación con la transacción, el derecho romano le otorgó el valor de un fallo judicial, en tanto la entendían de gran utilidad social al mantener la concordia entre los hombres. Por ello, la concibieron para dejar establecidas determinadas cuestiones dudosas surgidas o por surgir, considerando que la transacción suponía un acto traslativo que implicaba enajenación. Los romanos decían que transigire est alienare. Y en cuanto a su eficacia, la consideraron con autoridad de cosa juzgada En la constitución de Diocleciano y Maxi-Miliano consignaron: “Con justa...
Continue reading